En la sesión plenaria de este miércoles, la Asamblea Nacional aprobó una declaración de condena y rechazo a la actitud de Estados Unidos de suministrar y proporcionar municiones de racimo al gobierno de Ucrania que utiliza contra el pueblo de la Federación de Rusia.

En esta declaratoria, Nicaragua hace ver que como país libre y soberano y respetuoso del derecho internacional es amante de la paz y promotor de la vida.

Igualmente, subraya que como estado nicaragüense está comprometido con la Convención sobre Municiones de Racimo, misma que ha sido asumida por más de cien naciones y que establece que “nunca, y bajo ninguna circunstancia, emplear municiones en racimo; desarrollar, producir, adquirir de un modo u otro, almacenar, conservar o transferir a nadie, directa o indirectamente, municiones en racimo".

A continuación, la resolución aprobada por la Asamblea Nacional:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO

I

Que Nicaragua es un país libre, soberano, independiente, respetuoso del Derecho
Internacional y de los Derechos Humanos, amante de la Paz, defensor de la vida en el planeta tierra, y sus habitantes.

II

Que el Estado de Nicaragua está comprometido con la Convención sobre
Municiones de Racimo, misma que ha sido asumida por más de cien naciones, y que establece que… “Nunca, y bajo ninguna circunstancia, emplear municiones en racimo; desarrollar, producir, adquirir de un modo u otro, almacenar, conservar o transferir a nadie, directa o indirectamente, municiones en racimo; ayudar, alentar o inducir a nadie a participar en una actividad prohibida a un Estado Parte…”.

III

Que las municiones de racimo son altamente peligrosas tanto de forma inmediata como a mediano y largo plazo; pues causan la muerte de personas, lesiones a la población civil en general, principalmente niñas, niños, mujeres y personas adultas mayores, y daños a las comunidades; todo esto debido a que miles de pequeñas granadas quedan sin explotar y pueden permanecer así durante años causando más destrucción, mutilación, dolor y muerte.

POR TANTO

La Asamblea Nacional en uso de sus facultades que le otorgan el Artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y el numeral 4) del Artículo 92 de la Ley N°. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo, con sus reformas incorporadas.

DECLARA

PRIMERO: Condenar y rechazar el suministro de municiones de racimo por parte del Gobierno de los Estados Unidos de América a Ucrania.

SEGUNDO: Exhortar a los Gobiernos del mundo y sus respectivos Parlamentos a
condenar estos actos que generan crímenes de lesa humanidad y atentan contra la Paz, la Vida de las personas y la Madre Tierra.

TERCERO: Instar a las Naciones Unidas, quien debe fomentar la paz y la convivencia armónica entre los pueblos del mundo, a que exija al Gobierno de los Estados Unidos de América el cese de suministro de municiones de racimo a Ucrania, y cualquier otro tipo de armas que causen masacre indiscriminada en contra de civiles, según las Convenciones y Declaraciones de la Comunidad de Naciones.

CUARTO: Exigir al Gobierno de los Estados Unidos de América y sus autoridades, a realizar un alto a su política exterior de injerencismo y agresión imperial, que violenta y lesiona los Derechos de los Pueblos y atenta contra la Paz Mundial.

QUINTO: Publíquese la presente Declaración Legislativa en La Gaceta, Diario
Oficial.

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