La Asamblea Nacional aprobó una reforma y adición a la Ley 89 o Ley de Autonomía de las Instituciones de Educación Superior y otra reforma a la Ley 582 o Ley General de Educación, con el objetivo de modernizar y fortalecer el sistema educativo universitario y garantizar la gratuidad en este nivel formativo.

Esta reforma fortalece al Consejo Nacional de Universidades (CNU) y los órganos de dirección de las universidades y sus controles administrativos y sobre todo se garantiza la gratuidad en la educación superior.

La exposición de motivos de esta reforma refiere que se hace necesario transformar el modelo de gestión de la educación superior, lo que pasa por redirigir el funcionamiento del CNU, como órgano rector del subsistema. El CNU estará a cargo de la regulación de las instituciones de la educación superior y asegurará la formación de profesionales en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo Humano.

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La Presidenta de la Comisión de Educación, Deportes y Medios, Ángela Espinoza, dijo que ambas reformas vienen a ser históricas, porque garantizan la inclusión, calidad y acceso gratuito.

"Hoy es un día histórico, nuestro gobierno ha priorizado la educación en este país, la educación superior como una prioridad ha permitido que miles de jóvenes y adolescentes puedan acceder a los centros de educación superior como un derecho restituido a esa juventud y también a los adultos, de tal manera que es necesario hacer esta reforma que estamos viendo, de tal manera que hagamos del CNU un organismo que pueda cumplir a cabalidad con todas las exigencias de la modernización de la educación superior, con esto vamos a contribuir a qué mejoremos la calidad de la educación y que los trámites sean más rápidos, eliminando los trámites burocráticos", dijo Espinoza.

En tanto la diputada Maritza Espinales, quien a su vez es parte de la estructura sindical de trabajadores del sistema educativo superior, indicó que esta reforma es trascendental.

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"Es una reforma que va a impactar en el desarrollo del proceso de la calidad universitaria, también es importante destacar que estamos completando ese proceso de rescatar a la universidad, de realmente llevarla y acercarla a nuestro pueblo. Digo esto porque esta reforma transforma y moderniza la estructura universitaria, para dejar atrás la burocracia, la lentitud y esto nos va a permitir concretar lo que expresa el Plan Nacional de Lucha Contra la Pobreza; una inclusión total", dijo Espinales.

Se tiene la meta de que a la universidad ingresen 180 mil estudiantes, donde se quiere alcanzar la gratuidad total, pues ya no se va a pagar prematrícula, y matrícula.

Gracias a esta reforma el sistema de becas para los estudiantes será más ágil, se agilizará los trámites de prematrícula, matrículas, inscripción de materias, reestructurar las instituciones que forman parte del sector educativo superior.

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“Considero que el día de hoy estamos haciendo una reforma realmente para la restitución del derecho pleno a la educación superior”, declaró Espinales.

En el texto de la reforma se establece “refórmense los artículos 8, 13, 16, 17, 21, 22, 25, 26, 28 y el epígrafe del capítulo octavo del título segundo, 32, 34, el epígrafe del capítulo 1 del título cuarto, 41, 45, 47, 56, 57, 58 y 60 de la ley 89, ley de autonomía de las instituciones de la educación superior”, dice el texto de la ley.

"El artículo 8 dice que las universidades técnicas y superior del país, gozarán de autonomía académica, financiera y orgánica y administrativa. Autonomía docente o académica que implica que puede nombrar y remover a su personal docente y académico, seleccionar a sus alumnos mediante las pruebas y condiciones necesarias. Elaborar sus planes y normas de estudios, investigación, etcétera, de conformidad con esta ley”, agregó.

Igual la reforma subraya que tendrá autonomía administrativa, lo que implica disponer en todo en cuanto se refiere a la gestión administrativa y al nombramiento del personal administrativo de conformidad a esta ley.

Tendrá autonomía financiera que implica la elaboración del presupuesto interno y la gestión financiera de conformidad a esta ley, sin perjuicio de la rendición de cuentas y fiscalización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Contraloría General de la República.

El artículo 13 indica que las universidades estatales, comunitarias e interculturales tendrán como órgano de gobierno, los consejos de dirección integrado por el rector o rectora, vicerrector o vicerrectora, el secretario o secretaria general nombrado por el CNU.

El Consejo Universitario estará conformado por las autoridades del Consejo de Dirección, Directores por Áreas de Conocimiento, un representante del Movimiento Estudiantil por cada área de conocimiento, dos representantes por cada uno de los gremios docentes y trabajadores administrativos, los cuales tendrán que guardar equidad de género.

Las universidades podrán tener centros regionales e institutos o centros de investigación, mientras las universidades privadas se organizarán y gobernarán según lo que señalen sus estatutos y reglamentos y podrán adoptar la naturaleza jurídica de sociedades mercantiles.

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