La Asamblea Nacional ratificó en la sesión de este jueves, el decreto de creación de la Procuraduría Nacional para la Defensa de la Libre Competencia y de Resolución Alterna de Conflictos, ley que fue presentada por la Presidencia de la República.

La exposición de motivos destaca que esta nueva dependencia tiene una amplia gama de áreas destinadas a proteger los derechos del pueblo nicaragüense, a fin que mejoren sus condiciones de vida.

“La presente iniciativa de ley tiene como objetivo la creación de la Procuraduría Nacional para la Defensa de la Libre Competencia y de Resolución Alterna de Conflictos, destinadas a salvaguardar los derechos del pueblo, al garantizar la eficiencia del mercado y el bienestar de los consumidores, mediante el fomento de la cultura de la competencia, la prevención, la prohibición y sanción de prácticas anti competitivas, de igual forma esta nueva Procuraduría del pueblo contribuirá a la solución de los conflictos a través de un sistema que promoverá el diálogo y la comunicación, a través de la puesta en práctica de los métodos alternos de solución de conflictos”, describe la exposición de motivos que fue leída por el segundo secretario de la Junta Directiva.

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Esta ley está fundamentada en los principios de la Constitución de la República de Nicaragua, y sus reformas en los artículos 138, numeral 1, artículo 140 numeral 2 y 150 numeral 3, y en los artículos 92, 101, 102 de la Ley 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo, con sus reformas incorporadas.

Esta entidad es creada como ente sin solución de continuidad del Instituto Nacional de Promoción de la Competencia (Procompetencia) y de la Dirección de Resolución Alterna de Conflicto (DIRAC) bajo la rectoría de la Procuraduría General de la República.s

Esta nueva Procuraduría será dirigida por un Procurador (a) Nacional que tendrá a su cargo la Dirección de Promoción de la Competencia y la Resolución Alterna de Conflictos. La Dirección de Promoción de Competencia (ProCompetencia) es un ente con personalidad jurídica y patrimonio propio de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestaría, bajo la rectoría de la PGR. Mientras la Direcciòn de Resolución Alterna de Conflictos (DIRAC) es una dependencia especializada encargada de brindar el marco institucional y técnico para el funcionamiento de la mediación, conciliación, arbitraje y otros métodos alternos de conflictos.

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El nombramiento, suspensión o cancelación del Procurador Nacional y los Directores de la Direcciones de Promoción de la Competencia y Resolución Alterna de Conflicto, será conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de la PGR.

Por ministerio de la presente ley, se transfieren a la PGR, los recursos financieros, patrimoniales, bienes inmuebles, vehículos, equipos, sistemas informáticos y de oficina, o cualquier otro bien que estén inscritos a nombre del Poder Judicial bajo la cual opera la DIRAC y sus dependencias a nivel nacional.

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