Compartimos el Comunicado del Ministerio del Trabajo para el asueto del Primero de Mayo de 2026.
COMUNICADO
La Ministra del Trabajo, en uso de las facultades que le confiere la Ley Número 290 "Ley de Organización, Competencias y Procedimientos del Poder Ejecutivo" y Ley 185, Código del Trabajo.
HACE SABER
A tod@s l@s empleador@s y trabajador@s del país lo siguiente:
PRIMERO:
Que el día viernes primero de mayo de 2026, se celebra el Día Internacional de l@s Trabajador@s, fecha de gran trascendencia histórica para el movimiento obrero, que sintetiza la lucha por las reivindicaciones de los derechos laborales de l@s Trabajador@s, con instrucciones del Co-Presidente Comandante Daniel Ortega Saavedra y Co-Presidenta Compañera Rosario Murillo Zambrana y al tenor del artículo 66 del Código del Trabajo se declara FERIADO NACIONAL OBLIGATORIO CON GOCE DE SALARIO para tod@s I@s trabajador@s del país.
SEGUNDO:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69 del Código del Trabajo, se exceptúan los trabajos que no sean susceptibles de interrupción por su naturaleza o por la índole de las necesidades que satisface y que puedan afectar las actividades económicas, sociales y de seguridad del país.
Dado en la ciudad de Managua, a los veinte días del mes de abril del año dos mil veintiséis.













